Lima,
 APESOFT
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ASOCIACION PERUANA DE PRODUCTORES DE SOFTWARE
(APESOFT)

E S T A T U T O S
TITULO I
Constitución, Denominación, Objeto, Domicilio y Duración


Artículo 1°.- La Asociación que se constituye no tendrá fines de lucro y se denomina "ASOCIACION PERUANA DE PRODUCTORES DE SOFTWARE", pudiendo utilizar la abreviatura "APESOFT". Su duración es indefinida e iniciará sus actividades desde la fecha de su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas. Su domicilio principal es en la ciudad de Lima, sin perjuicio de poder establecer oficinas en otras ciudades del país y del extranjero.

Artículo 2°.- El objeto general de la Asociación es el de apoyar al desarrollo empresarial y social de sus miembros, propugnando la elevación de la calidad de sus productos y servicios y brindándoles asistencia en las actividades de comercio exterior; pudiendo para ello realizar toda clase de actos y contratos, interrelacionarse con entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales, desarrollar proyectos de todo género, y en general, podrá emprender en cualquier actividad que coadyuve al desarrollo del sector.

Sus objetivos específicos son:

  • Representar ante las autoridades nacionales y extranjeras a los productores de software del país, en forma concertada y coordinada, y manifestarse en conjunto sobre aspectos del entorno económico-político que afecten al sector.

  • Asistir en la búsqueda de oportunidades de negocios en los mercados del exterior realizando actividades de promoción de exportaciones de software.

  • Impulsar la adopción de sistemas de calidad en las empresas asociadas con miras a lograr la competitividad internacional.

  • Proponer formas de encuentro y colaboración con otros entes económicos y promocionales, así como gestionar la cooperación técnica internacional en materia tecnológica y financiera.

  • Brindar servicios de consultoría a las empresas asociadas, directamente o a través de entidades especializadas en los campos financieros, legales, comerciales y administrativos.

  • Llevar a cabo acciones de capacitación estimulando el intercambio de experiencias, conocimientos tecnológicos y de investigación entre los miembros de la asociación.

  • Coadyuvar a la formulación de políticas favorables al desarrollo del sector proponiendo diversos mecanismos de fomento.

  •  Asistir corporativamente a eventos técnicos y comerciales, así como realizar encuentros, congresos, seminarios y/o talleres de trabajo.

  • Organizar un Centro de Documentación e Información y difusión como medida en la acumulación de experiencias y orientaciones metodológicas, para el logro de los fines de la Asociación.

  • Realizar cualquier actividad que contribuya al cumplimiento de los fines y que sea aprobada por la Asamblea General de Asociados.

Artículo 3°.- La Asociación podrá vincularse con otras instituciones y/o personas jurídicas, sean nacionales y/o extranjeras, sea en forma permanente o eventual, para la ejecución de proyectos específicos. Podrá celebrar todo tipo de convenios con las entidades antes señaladas, que se relacionen con su objeto social. Asimismo, la Asociación podrá recibir Cooperación Técnica Internacional o Nacional para el cumplimiento de su objeto social.




 


 


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