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PERÚ:
INDECOPI
MULTA EMPRESAS POR USO ILEGAL DE SOFTWARE 19/02/2001 Las empresas Textil San Cristóbal S.A. y Jet Perú S.A. fueron severamente sancionadas recientemente por la oficina de derechos de autor del Indecopi con multas que ascienden al doble del software ilegal instalado en las mencionadas compañías para lo cual deberán indemnizar a los titulares de derechos de autor por el daño causado y regularizar su situación. De esta manera, Indecopi contribuye con un esfuerzo adicional a las acciones realizadas por la Business Software Alliance, (BSA) con el fin de proteger las actividades de los miembros de la industria del software y en general del sector de la propiedad intelectual en nuestro país.
Según se informó, el valor comercial del software pirateado asciende a unos 19, 723.61 dólares, monto que se toma en cuenta para el cálculo de los derechos de autor no retribuidos por el uso ilegal de software y que la empresa sancionada deberá abonar a favor de las denunciantes sin perjuicio de regularizar su situación, lo cual implica adquirir las licencias del software pirateado y cesar inmediatamente el uso ilegal del software instalado en sus equipos sin la licencia correspondiente.
De otro lado y continuando con la política de lucha contra el uso ilegal de software, la empresa courier Jet Peru S.A. también fue sancionada por esta entidad con la multa ascendente a 61,410 nuevos soles por piratería de software así como asumir el pago de 8,481.37 dólares a favor de las empresas titulares de los programas, como concepto de los derechos de autor devengados bajo resolución sancionatoria lleva el Nº 330-2000/ODA-Indecopi y expedida en el proceso de denuncia administrativa seguido ante la Oficina de Derechos de Autor (Indecopi) por la instalación y uso indebido de programas de computación. Asimismo, se informó que el valor comercial del software pirateado asciende a unos 8,481.37 dólares.
Cabe destacar que se viene registrando una mayor intensificación no sólo de las denuncias, sino de las sentencias judiciales y resoluciones administrativas a diferentes empresas de los diferentes sectores económicos y comerciales del país que hagan uso ilegal de software.
Por ello, de acuerdo a las resoluciones antes referidas, así como de la reiterada resolución de casos anteriores, se desprende que la oficina de Derechos de Autor del Indecopi, viene calculado la multa para casos de uso ilegal de software, tomando como referencia el doble del valor de los programas piratas; así mismo; para el cálculo de los derechos devengados, considera un monto similar el valor 100 por ciento del valor de los referidos programas; según refirío un representante de la BSA.
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Fuente: Diario Sintesis 19/02/2001
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